Comienza la Campaña de la Renta 2021, recordamos las principales deducciones y fechas clave
Ya ha comenzado la campaña de la Renta 2021, que se extiende hasta el próximo 30 de junio, último día para presentarla, lo que podrá hacerse de forma telemática, por teléfono o presencial. Los contribuyentes contarán con el borrador de su declaración efectuado por la Agencia Tributaria, que conviene revisar detenidamente y completar, incluyendo también la parte autonómica, es decir, las deducciones que establece cada Comunidad Autónoma y de las que la Agencia Tributaria recoge información aquí.
Deducción por familia numerosa
Entre las deducciones estatales más importantes de tipo familiar, está la específica de familias numerosas, creada hace unos años, de 1.200 euros por 3 hijos, 1.800 euros por 4 hijos y 2.400 euros por 5 hijos (600 euros más al año por cada hijo que exceda la categoría). Esta deducción funciona como un impuesto negativo, es decir, que se puede percibir por anticipado mes a mes o, en caso de que no se haya recibido así, aplicarse en su conjunto -la cantidad total- en la Declaración de la Renta.
Otras deducciones para familias
Lo mismo ocurre con la deducción de 1.200 euros para madres trabajadoras con hijos de 0 a 3 años, que sigue la misma fórmula, ya que las beneficiarias pueden recibir en su cuenta 100 euros cada mes o aplicar en la declaración anual una deducción de 1.200. A ella se suman los gastos deducibles de guardería, de hasta 1.000 euros.
Las familias con hijos o ascendientes con discapacidad podrán también aplicarse una deducción de 1.200 euros, compatible con las anteriores, y lo mismo las familias monoparentales, a las que les corresponden igualmente 1.200 euros por hijo y año, que podrán deducirse en la Renta si no se han recibido de forma anticipada, a razón de 100 euros cada mes.
Ayuda por Crianza y Bono Térmico
Este año pueden surgir dudas sobre algunas ayudas nuevas, como el complemento a la infancia, aprobado recientemente, o el bono térmico de calefacción. El primero, la ayuda mensual por hijo, de entre 50 y 100 euros según la edad del niño, no hay que incluirlo como ingreso en la declaración de la renta 2021, ya que ha entrado en vigor en 2022, por lo que no computa como ingreso de 2021, sin perjuicio de que tenga que declararse el próximo año, si correspondde. En cuanto al Bono Térmico, se trata de una ayuda que concede el Estado con gestión y pago a cargo de las Comunidades Autónomas, por lo que está sujeto a IRPF y sí debe declararse como ganancia patrimonial.
Obligatoria si hay Ingreso Mínimo Vital
La Declaración de la Renta es obligatoria para todos los contribuyentes que superen los 22.000 euros de ingresos. Por debajo de dicha cantidad no hay que presentarla, aunque hay algunas excepciones, como el caso del Ingreso Mínimo Vital. Los perceptores de esta renta social tienen la obligación de presentar la declaración de IRPF, aunque ésta está exenta de tributación, salvo que se perciban otras prestaciones sociales de las Comunidades Autónomas (renta mínima de inserción u otras para colectivos en riesgo de exclusión social) y se superen los 11.279,39 euros (1,5 veces el IPREM).
Además, la obligación de presentar la Declaración afecta a todos los miembros de la unidad familiar, tanto el titular que cobra el IMV como las personas que forman la unidad de convivencia. Según el criterio de la Agencia Tributaria, el IMV, al tratarse de una ley, debe entenderse como una norma especial respecto a la norma general de la obligación de declarar, establecida en el IRPF. Para beneficiarios del IMV con hijos menores, es recomendable que presenten la declaración conjunta de todos los miembros, en caso de estar casados los padres. En caso de que no haya matrimonio, uno de los dos padres podrá presentar declaración conjunta, junto con los hijos, y el otro presentar la declaración individual.
Acceder al borrador
Al borrador de la Renta se puede acceder de tres formas: mediante un certificado electrónico o DNIE; con el sistema Cl@ve PIN, o a través del número de referencia. Este último se puede obtener a través de la Agencia Tributaria (web o app), facilitando el NIF, la fecha de caducidad del DNI y el importe de la casilla 503 de la declaración del año anterior +info.
Fechas clave de la Renta 2021
El 6 de abril se inicia el periodo de presentación telemática y el 3 de mayo para pedir cita para su presentación por teléfono. Los que quieran presentarla de forma presencial con ayuda de la propia Agencia Tributaria (AEAT), tendrán que esperar al 26 de mayo para pedir cita y luego acudir a una oficina de la AEAT. El 29 de junio es el último día para solicitar ayuda para confeccionar la declaración, bien telefónica, bien presencial.
La declaración se puede presentar hasta el 30 de junio, aunque si el resultado es a ingresar y es con domiciliación bancaria, el último día para hacerlo será el 27 de junio.
La Agencia Tributaria dispone en su web de amplia información sobre la campaña Renta 2021, cómo obtener el borrador, ayuda para confeccionar la declaración y todas las fechas clave. +info.
En la Comunidad de Madrid por 1ª vez tenemos un descuento en la cuota autonómica por ser familia numerosa general, y siendo especial te hacen exención (que no pagas nada), pero tiene que ser que seas por 1º vez familia numerosa
Ante esto nos surge:
- Reclamación ¿Por qué solo para las nuevas familias? ¿y no también a las que ya son?
- Duda ¿Cómo se hace en la declaración de la renta de este año?
Para ambas cuestiones estamos a la espera de que nos contesten. cuando sepamos algo lo comunicaremos
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Gestiones para la tramitación del Ingreso Mínimo Vital
Ante las dificultades que existen en los servicios de atención telefónica y vía presencial en la Seguridad Social , lo más práctico para realizar las gestiones para la tramitación del Ingreso Mínimo Vital es por vía electrónica. Puede hacerse a través de la Sede electrónica de la Seguridad Social, tanto con la identificación electrónica, como sin ella, a través del sistema usuario y contraseña Cl@ve o sin certificado digital. En último término, también se puede enviar el formulario del IMV por correo ordinario a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.
Adjuntamos un enlace con la información sobre la tramitación del IMV y cuestiones a tener en cuenta de cara a la presentación.
Además, hay un simulador del IMV, disponible en este enlace para comprobar si corresponde la aplicación del IMV al beneficiario
En este enlace hay un apartado de preguntas y respuestas frecuentes en relación al IMV
También hay disponible un buzón de consultas y un teléfono gratuito 900 20 22 22 para la atención de consultas exclusivas sobre el IMV y el complemento de infancia.
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FUNDACIÓN MADRINA
LLEGAN A MADRID LOS 85 HUÉRFANOS RESCATADOS EN UCRANIA POR LA FUNDACIÓN MADRINA NOTICIA
OS RECORDAMOS LAS DIFERENCIA VÍAS PARA PODER AYUDAR
- DONAR DINERO https://madrina.org/promo-donacion/ CÓDIGO BIZUM 00909
- DONAR ALIMENTOS, ROPA, ÚTILES DE ASEO… https://madrina.org/promo-donacion/
- Si conocéis o tenéis contacto con algún albergue, casas de convivencias, … donde se puedan instalar varias familias, sería genial.
- Difundir la opción de poder ayudar en vuestros círculos de familia, amigos, colegio, trabajo,…
A todos muchísimas gracias. Seguimos gestionando las posibles ayudas. Cualquier cosa nos podéis escribir.
OTRAS FORMAS DE AYUDA
- SER FAMILIA COGEDORA, como «Hogar Madrina» hay dos opciones:
- Para solo unos días (LO PONÉIS EN EL ASUNTO DEL CORREO). Nos escribis a familianumerosafn@gmail.com y nos decís nombre y apellido, correo electrónico, móvil, dirección postal, cuantos días y cuantas personas podéis acoger. Si ya nos habéis escrito, nos volvéis a escribir, por favor, con estos datos. Nosotros se lo pasamos a Fundación Madrina según los días de acogida. Si en el correo que nos habéis enviado antes, nos pusisteis alguno de los datos que os pedimos ahora, no hace falta repetir porque los tenemos ya en un Excel.
- Para un tiempo, unos meses. Nos escribís también, con las mismas indicaciones que para los que acogen solo unos días, pero en el asunto del correo ponéis PARA ACOGER UNOS MESES. En este caso os dejamos en el adjunto un CUESTIONARIO que debéis rellenar. Y nos lo enviáis adjunto al correo para que se lo mandemos a los de Fundación Madrina. Nosotros somos solo mediadores.
- Para acoger, el tiempo que cada uno de vosotros estiméis que podéis. Una semana, un mes, 15 días,… Y lo ponéis también en el asunto, con los datos que os pedimos. Para que os puedan localizar según lo que podáis acoger.
- Además parece que van a traer más madres de Ucrania, o embarazadas o con el bebé. Se necesitarán familias para acoger a estas madres.
OS DEJAMOS EL CUESTIONARIO
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¿Qué pasa con aquellas familias que antes de 2015 se les dejó de reconocer como FAMILIA NUMEROSA?
Desde 2015 se aprobó que TODAS LAS FAMILIAS NUMEROSAS PUEDEN SEGUIR SIENDO FAMILIA NUMEROSA HASTA QUE EL ÚLTIMO DE SUS HIJOS SALIERA DEL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA (Bien porque tenga los 26 años, y salga definitivamente, o bien porque cumpla 21 años y no siga estudiando) DISPOSION FINAL 5º DE LA LEY DE INFANCIA DE 18 AGOSTO DE 2015
Pero, ¿Qué pasa con aquellas familias que antes de 2015 se les dejó de reconocer como FAMILIA NUMEROSA?
En Salamanca pusimos un RECURSO CONTENCIOSO que fue FAVORABLE
No pasó lo mismo en Cataluña que se DENEGÓ. Ante esto pusimos RECURSO ANTE EL SUPREMO. PERO TIENE MALA PINTA…
Esta semana nos acaban de dar la SENTENCIA AL CONTENCIOSO que nos dieron en Madrid. HA SIDO DESFAVORABLE
Ante esto, lo que nos han aconsejado es que lo dejemos por esta vía
PERO COMO ASOCIACIÓN vamos a seguir insistiendo a los políticos y denunciar la injusticia
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