Rechaza el recurso de la Seguridad Social, que pretendía que la medida solo fuera efectiva desde que la Justicia Europea consideró discriminatorio reconocer ese derecho solo a las mujeres
El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los hombres a percibir con carácter retroactivo -desde la fecha de reconocimiento de la pensión de jubilación- el complemento de maternidad (un bonus por aportación demográfica para compensar las desventajas profesionales a la mujer por el cuidado de los hijos) que oscila entre el 5 y el 15% de la pensión en función del número de descendientes.
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