Título de Familia Numerosa
Cosas a tener en cuenta, y que os hemos ido informando desde hace tiempo.
Para poder solicitar el Título de Familia Numerosa por primera vez o para renovar o modificar dicho Título, SOLO se puede hacer por dos vías: (pinchar en los recuadros)
Como sabéis la cita presencial en C/Manuel de falla, 7 ahora solo es para INFORMACIÓN.
Desde la aprobación del Decreto 30/2023, de 5 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 141/2014, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento administrativo para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, la expedición y renovación del título y la tarjeta individual de familia numerosa de la Comunidad de Madrid, ahora TODOS los Títulos de Familia Numerosa van a tener una fecha de caducidad hasta que el último de los hijos cumpla 26 años.
Debido a esto se han enviado a TODAS LAS FAMILIAS NUMEROSAS, los Títulos de Familia Numerosa y las Tarjetas individuales de forma DIGITAL.
Estas tarjetas las podéis encontrar en la Aplicación que tenéis para el móvil TARJETA FAMILIA NUMEROSA.
Ahí los padres, que son los titulares, podrán ver el Título de Familia Numerosa y su Tarjeta individual, y cada hijo podrá ver su Tarjeta individual.
Las formas para poder acceder a la app son:
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Cl@ve PIN
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Cl@ve permanente
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Cl@ve móvil (necesitas tener en el móvil la app de cl@ve)
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IDentifica (si nunca os habéis registrado, hacerlo desde este enlace: https://registroidentifica.comunidad.madrid/#/condiciones-uso en un ordenador, desde la app suele dar problemas)
Desde hace tiempo nos llegan incidencias con la aplicación, así que todos aquellos que tengan problemas con ella, hemos puesto a vuestra disposición un Nuevo Servicio de Atención a las Familias Numerosas
La idea es que cada miembro de la Familia tenga en su móvil la aplicación para poder acceder a su Tarjeta individual, pero es evidente que hay situaciones en las que es inviable.
Por lo que os recomendamos, para aquellos que no puedan acceder a la aplicación por el motivo que sea, descargar el CERTIFICADO PERÍODO DE VIGENCIA desde la aplicación de cualquier móvil que pueda acceder o desde este enlace: https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licencias-permisos-carnes/certificado-familia-numerosa/tramitar
Este certifado tiene una fecha de validez de 3 meses. Así que pasados esos 3 meses habrá que volver a descargarlo.
Os recordamos también que es IMPORTANTE entregar estos Títulos renovados a todos los sitios donde os hacen descuento u os dan ayudas por Familia Numerosa.
Os recomendamos llevar siempre el Título de Familia Numerosa, la Tarjeta individual o Certificado período de vigencia, IMPRESOS, y en forma digital. Ya que habrá sitios, como el Consorcio Transportes, que solo admiten las tarjetas IMRESAS. |
¿CÓMO INFLUYE ESTA RENOVACIÓN AUTOMÁTICA EN LOS DIFERENTES ORGANISMOS Y ENTIDADES QUE APLICAN BENEFICIOS PARA LAS FAMILIAS NUMEROSAS? |
En los organismos públicos se está consiguiendo poco a poco que no nos penalicen por NO llevar el Título de Familia Numerosa físico y que no tengamos que estar descargando el certificado o el Título, imprimiéndolo y llevándolo a estas empresas.
En cambio, esto si ocurre con el Consorcio Regional de Transportes.
Nos piden el certificado o el Título de Familia Numerosa impreso para que luego ellos lo escaneen y te lo devuelvan… ¿No entienden que si tenemos el Título FN en el móvil se lo podemos enviar por correo y ya lo tendrían escaneado?
En los organismos privados solo se puede proponer que ayuden a las Familias Numerosas en la gestión burocrática a la hora de tramitar esta Renovación Automática del Título de Familia Numerosa.
Así en las comercializadoras eléctricas, para gestionar las solicitudes para el Bono Social, nos exigen que para notificar esta Renovación Automática (o sea que tenemos una nueva fecha de caducidad del Título) tenemos que volver a SOLICITAR EL BONO SOCIAL. Desde el principio…
Esto lo dice el Real Decreto-Ley 6/2022 de 29 de marzo: Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. (boe.es) En la página 95, en la Disposición Adicional Octava, punto 4. |
Para volver a solicitar el Bono Social, tendremos entonces que:
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ir a la web de la comercializadora que nos facture la luz,
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cumplimentar la solicitud al Bono Social y
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adjuntar la siguiente documentación:
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Fotocopia del DNI o NIE del titular y de cada uno de los miembros de la unidad familiar incluidos los menores de 14 años que dispongan de él.
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Fotocopia del Título de Familia Numerosa.
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Certificado de empadronamiento en vigor del titular y de todos los miembros de la unidad familiar.
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Fotocopias de libro/s de familia y/o certificado/s de nacimiento y/o certificado/s de matrimonio expedido por el Registro Civil que acredite la filiación de las personas que forman la unidad de convivencia. Cuando proceda, resolución judicial o administrativa que acredite el acogimiento. En su caso, hoja individual del Registro Civil o cualquier documento expedido por la autoridad competente que acredite de manera fehaciente el estado civil del solicitante. La existencia de pareja de hecho se acreditará mediante certificación de la inscripción en alguno de los registros específicos existentes en las comunidades autónomas o ayuntamientos del lugar de residencia o documento público en el que conste la constitución de dicha pareja.
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Esperamos que con las informaciones que os vamos haciendo llegar podáis tramitar más fácilmente los beneficios por ser Familia Numerosa que tanto nos ayudan a sobrellevar el coste de mantener una Familia Numerosa.
Esperamos también que sirvan para que los organismos, tanto públicos como privados, aprecien mejor el valor que supone tener en la sociedad española más de 750.000 Familias Numerosas, un enorme activo para todos en pleno invierno demográfico. Y nos alivien los trámites burocráticos.
Para cualquier incidencia de este tipo ya sabéis que disponéis del Nuevo Servicio de Atención a las Familias Numerosas
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PROPUESTAS por si hubiera una LEY DE FAMILIAS NUMEROSAS Comunidad de Madrid
o En transporte o En comedor escolar o En libros de texto y material escolar (sin depender de que el colegio se acoja a esa ayuda) o En actividades deportivas, musicales, idiomas, … o En impuestos municipales (IBI, basura, vehículos, …) o En vivienda, acceso a vivienda protegida sin pelear con discapacitados o En alquiler vivienda o En compra vivienda, en impuestos por transmisión patrimonial y actos jurídicos documentados. o Puntos para acceso a plazas escolares, desde 0 años. o Mantener descuentos en Universidad (general 50%, especial 100%), en universidades de Madrid.
o APP para hacer modificaciones en el título o Comunicación entre administraciones para que las familias dejen de notificar a cada una las modificaciones en el título.
o Exención de impuestos en el tramo autonómico para familias con 4 hijos o más o Descuento del 50% en el tramo autonómico para familias con 3 hijos o 2 hijos cuando uno de ellos tiene una discapacidad del 33% o más. |
Nosotros proponemos esto. SI AÑADIRIAS ALGO MÁS, DINOSLO EN info@afanmajadahonda.org |
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Becas de comedor escolar para familias numerosas
El pasado lunes 6 de noviembre fuimos a la Dir. de Becas y Ayudas a presentar las más de 4.600 firmas que hemos conseguido para pedir #ayudas para el comedor escolar de las #familiasnumerosas pero ¡¡no nos han recibido!!
Y desgraciadamente tampoco las pudimos registrar porque sin cita previa no nos han atendido.
Seguimos en nuestra lucha y volveremos a intentarlo en breve para hacer real cuanto antes un #descuento para que nuestras familias puedan asumir mejor los gastos que supone el comedor escolar. Esperamos que la Comunidad de Madrid nos escuche y atienda nuestras demandas.
Si aún no lo has hecho, firma nuestra petición y compártela porque ¡juntos somos más fuertes!
BECAS DE COMEDOR PARA LAS FAMILIAS NUMEROSAS
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Familias Numerosas pide a los ayuntamientos que no penalicen a los hogares con más hijos en la tasa de basuras
La Federación Española de Familias Numerosas quiere mostrar su preocupación ante la nueva tasa de gestión de residuos urbanos que están empezando a aplicar algunos municipios, y que en algunos casos supone una clara penalización de las familias numerosas al establecer un recargo por cada persona residente en el hogar.
Aunque la directiva europea en la que se enmarca la revisión de este impuesto es de obligado cumplimiento antes de abril de 2025, algunos municipios se han adelantado y han aplicado ya importantes subidas. Es el caso de Valdepeñas (Ciudad Real), donde se ha aprobado una tasa de 15 euros por vivienda y otros 15,5 euros por persona, lo que, en el caso de un hogar medio de familia numerosa, con 5 miembros, supone un total de 92,5 euros.
La FEFN ha pedido una reunión a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para analizar esta cuestión y pedirle su apoyo para que los ayuntamientos, que son los que fijarán las tasas según los cálculos que establezcan reglamentariamente, no penalicen a las familias numerosas que siempre son las grandes perjudicadas, cuando debería ser al contrario: “De nuevo se castiga a estas familias por tener más hijos, cuando se les debería apoyar precisamente por los hijos que tienen, por todo lo que eso supone de beneficio para el conjunto de la sociedad”, indica el presidente de la FEFN.
La FEFN pedirá a la FEMP que medie para que los ayuntamientos apliquen una tarifa reducida para familias numerosas o algún mecanismo corrector que impida que estas familias se enfrenten a recibos de basura muy elevados, lo que supondría asfixiar más a estos hogares que ya están soportando una fuerte presión económica por el incremento de las hipotecas y la inflación, que afecta a bienes de primera necesidad como es la alimentación.
¿Más personas, más basura?
La nueva tasa municipal de basura de Valdepeñas se compone de un impuesto fijo por hogar y una parte variable, que se aplicará en función del número de residentes en la vivienda, aplicando a cada uno de ellos una tasa por los residuos que se supone que genera de forma individual, asumiendo que al haber más personas habrá más basura. La FEFN considera que esta premisa que ha seguido la localidad castellanomanchega supone una clara discriminación de las familias numerosas, que castiga a estos hogares por su tamaño, dando por hecho que al ser más personas generan más residuos, cuando, por la economía de escala y la composición y características de estas familias, se demuestra lo contrario.
En este sentido, la Federación destaca que las familias numerosas son grandes consumidores por una lógica cuestión de número, pero tienen una generación de residuos per cápita inferior a otros hogares, y son eficientes y sostenibles en cuanto al uso conjunto de muchos bienes y productos, porque “en estas familias se aprovecha todo, no se desperdicia nada y hay una buena conciencia sobre el ahorro y el cuidado del medio ambiente”, explica el presidente de la FEFN, José Manuel Trigo. Y es que estas familias adquieren productos de tamaños familiares y formatos XL, lo que supone un menor uso de plásticos y otros envases, y dado lo ajustado de su economía, practican la cocina de aprovechamiento, generando un menor desperdicio de comida que en otros hogares.
La FEFN ha pedido también una reunión al secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Morán, para trasladarle esta información y el impacto que la nueva tasa de gestión de residuos, regulada por una ley nacional que traspone una directiva europea, puede tener en las familias numerosas.
Reciclar ropa y juguetes
Las familias numerosas son un buen ejemplo de austeridad y ahorro en el consumo, practican la economía circular, con el reciclaje de ropa, calzado, juguetes, etc. y están sensibilizadas con el cuidado del medio ambiente, contribuyendo a ello con diversas prácticas en el hogar. Según una encuesta realizada en 2021 por la Confederación Europea de Familias Numerosas (ELFAC) con la participación de 3.000 encuestados de 11 países en Europa, entre ellos España, el 88% de las familias numerosas europeas tienen un mayor grado de concienciación por el medio ambiente y más del 90% hacen una recogida selectiva de los residuos, la gran mayoría desde hace al menos cinco años y casi la mitad de ellos desde hace más de una década.
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Charlas y talleres, para ayudar a los padres a proteger a sus hijos de los peligros de la normalización de la pornografía online
Desde la organización «Cibertutor» y el Ayuntamiento de Boadilla se va a realizar una «Campaña de Implementación de Medidas en los Hogares» destinada a ayudar a los padres, a través de charlas y talleres, a proteger a sus hijos de los peligros de la normalización de la pornografía online.
Esta campaña es pionera en varios aspectos. En primer lugar, busca concienciar a los padres sobre cómo funciona la industria de la pornografía online y cómo este contenido llega a los menores, según datos de la Agencia Española de Protección de Datos, a partir de los 8 años de edad. La normalización de la pornografía a edades tan tempranas tiene diversas consecuencias tanto a nivel personal como en la sociedad en su conjunto.
En segundo lugar, somos la única organización que se dedica a ayudar a los padres a implementar medidas tecnológicas efectivas para bloquear el acceso a este tipo de contenidos en sus hogares. Durante varios años, primero como «Ocio y Sociedad» y ahora como la «Fundación Cibertutor» (en constitución), hemos ofrecido charlas y talleres para concienciar a los padres y brindar soluciones reales. Sin embargo, esta es la primera vez que lo hacemos con el respaldo de una institución como el Ayuntamiento de Boadilla.
Creemos que este tipo de campañas son fundamentales en la actualidad. Nuestra experiencia demuestra que, cuando los padres asisten a nuestras charlas, su percepción inicial de la problemática cambia drásticamente. Muchos llegan creyendo que «saben» en qué consiste el problema, pero al final de la charla, se dan cuenta de que las dimensiones del problema son mucho mayores de lo que imaginaban. Es precisamente en este punto cuando reconocen la urgente necesidad de tomar medidas y es aquí donde entra en juego la importancia de los talleres que ofrecemos para ayudarles a implementar estas medidas.
El ayuntamiento ofrecerá la misma charla tres veces para que pueda asistir todo el que quiera eligiendo el día que mejor le venga (pero es siempre la misma charla, así que realmente solo es necesario asistir a una de ellas).
Los talleres se ofrecerán a continuación de las charlas (por eso las han llamado charlas-taller). Se pueden quedar las personas que han asistido a la charla o pueden venir los asistentes de charlas anteriores a consultar sus dudas y a que les ayudemos.
Las Charlas-Taller serán los días 7, 14 y 16 de noviembre a las 19:00hrs en el Teatro de la Biblioteca Princesa Doña Leonor en la calle Mártires 1.
Cibertutor.org
Audio de la entrevista en Hoy por Hoy Madrid en la Cadena Ser
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Ayudas al alquiler de viviendas para jóvenes CM
Estas ayudas están destinadas a unidades de convivencia cuyos arrendatarios tengan menos de 35 años en el momento de la solicitud, incluyendo la edad de 35 años. Los restantes miembros de la unidad de convivencia deberán ser también menores 35 años.
- Plazo: del 1 de noviembre al 15 de diciembre de 2023
- Para jóvenes de 18 a 35 años titulares de un contrato de alquiler
- Ayuda de 250 euros mensuales
- Para rentas de vivienda igual o inferior a 600 euros mensuales, o hasta 900 euros, 300 o 450 euros mensuales si el contrato es de habitación, en algunos municipios de la Comunidad de Madrid
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Pedimos «coste cero» para la baja por nacimiento
Hace unos días desde la Federación Española de Familias Numerosas mandaron una carta a la Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.
Os dejamos la carta para que podáis leerla: Aquí
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El Tribunal Supremo equipara las parejas de hecho a los matrimonios a los efectos del Título de Familia Numerosa
El Tribunal Supremo (TS) ha equiparado en una sentencia las parejas de hecho a los matrimonios a los efectos de la obtención del título de familia numerosa y su disfrute tanto por los hijos como por los progenitores, sin exclusión de ninguno de éstos, con el único requisito de estar inscritos en un registro de uniones de hecho para acreditar la convivencia.
Este pronunciamiento del Supremo, del que informa el Consejo General del Poder Judicial en su web, se produce a raíz del caso de una pareja de Sevilla, inscrita en el registro autonómico de uniones de hecho, y padres de 3 hijos comunes, a quien la Junta de Andalucía, en diciembre de 2019, concedió el título de familia numerosa al padre –que fue el solicitante– y a los hijos, pero no a la madre. La pareja acudió al Juzgado y, tras varios fallos y recursos, el caso terminó en el Tribunal Supremo, que le ha dado ahora la razón.
En su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Luis Requero, el Supremo plantea si puede incluirse como beneficiario en el título de familia numerosa a los dos progenitores no unidos mediante vínculo matrimonial, y concluye que sí.
El Alto Tribunal argumenta que la familia es la base y el objeto de la regulación de la Ley de Familias Numerosas “sin que el vínculo conyugal o matrimonial tenga efectos constitutivos de la condición de familia numerosa», ya que, de hecho, «puede serlo una familia monoparental e, incluso, la formada por hermanos huérfanos».
El Supremo recuerda al respecto que los beneficios que comporta el título de familia numerosa se aplican a todos los miembros incluidos en él, luego tanto a los hijos como, en este caso, a los progenitores, y la razón es que esos beneficios compensan las mayores cargas de ser familia numerosa que recaen en la unidad familiar, luego en todos sus integrantes.
Garantía de convivencia
Para el Tribunal «el vínculo conyugal se justifica como garantía formal de que hay una convivencia familiar estable e indefinida en el tiempo: ofrece seguridad, certeza, de cara al acceso al conjunto de beneficios derivados de la condición de familia numerosa».
En ese sentido, concluye que, “al ser esa familia la base del sistema de familias numerosas y la función del vínculo conyugal la expuesta, no cabe excluir a la unión de hecho de los progenitores», siempre que haya una garantía formal de convivencia, lo que, según los magistrados, se da mediante la inscripción en un registro de uniones de hecho.
Reclamaciones
A falta de la modificación de la Ley de Familias Numerosas, que ya estaba prevista y el propio Tribunal Supremo considera deseable, las parejas que se encuentren en la situación que plantea la sentencia podrán apoyarse en ésta para obtener el reconocimiento como familia numerosa, aunque éste no se hará de oficio de forma automática, sino que habrá que pedirlo y en algunos casos, reclamarlo.
Según fuentes del despacho Unive Abogados, consultadas por la Federación Española de Familias Numerosas, si una pareja de hecho lo pide en base a la sentencia y se le deniega, habrá que reclamar por vía administrativa y en caso de que también se le deniegue, habría que ir a la vía judicial. Este despacho, que colabora con la FEFN, ofrece su asesoramiento y apoyo a las familias que se encuentren en esta situación a la hora de reclamar su derecho a ser reconocidas como familia numerosa a los mismos efectos que si hubiera vínculo conyugal.
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El trabajo a tiempo parcial ya cuenta como día completo para calcular la jubilación (con efectos retroactivos)
Esta noticia dice que se tienen en cuenta los períodos cotizados, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos. Es decir que si se necesitan mínimo 15 años cotizados, los que trabajan media jornada necesitan 30 años. Eso es lo que se ha corregido con el Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de urgentes para la ampliación de medidas de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones. |
‼️SIN EMBARGO‼️ Hay que tener en cuenta también la BASE DE COTIZACIÓN que será la mitad. Aunque la media jornada se considera como jornada completa, el sueldo será menor y por ello la pensión será de menor cuantía. |
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