Ayudas al alquiler de viviendas para jóvenes CM
Estas ayudas están destinadas a unidades de convivencia cuyos arrendatarios tengan menos de 35 años en el momento de la solicitud, incluyendo la edad de 35 años. Los restantes miembros de la unidad de convivencia deberán ser también menores 35 años.
- Plazo: del 1 de noviembre al 15 de diciembre de 2023
- Para jóvenes de 18 a 35 años titulares de un contrato de alquiler
- Ayuda de 250 euros mensuales
- Para rentas de vivienda igual o inferior a 600 euros mensuales, o hasta 900 euros, 300 o 450 euros mensuales si el contrato es de habitación, en algunos municipios de la Comunidad de Madrid
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Pedimos «coste cero» para la baja por nacimiento
Hace unos días desde la Federación Española de Familias Numerosas mandaron una carta a la Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.
Os dejamos la carta para que podáis leerla: Aquí
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El Tribunal Supremo equipara las parejas de hecho a los matrimonios a los efectos del Título de Familia Numerosa
El Tribunal Supremo (TS) ha equiparado en una sentencia las parejas de hecho a los matrimonios a los efectos de la obtención del título de familia numerosa y su disfrute tanto por los hijos como por los progenitores, sin exclusión de ninguno de éstos, con el único requisito de estar inscritos en un registro de uniones de hecho para acreditar la convivencia.
Este pronunciamiento del Supremo, del que informa el Consejo General del Poder Judicial en su web, se produce a raíz del caso de una pareja de Sevilla, inscrita en el registro autonómico de uniones de hecho, y padres de 3 hijos comunes, a quien la Junta de Andalucía, en diciembre de 2019, concedió el título de familia numerosa al padre –que fue el solicitante– y a los hijos, pero no a la madre. La pareja acudió al Juzgado y, tras varios fallos y recursos, el caso terminó en el Tribunal Supremo, que le ha dado ahora la razón.
En su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Luis Requero, el Supremo plantea si puede incluirse como beneficiario en el título de familia numerosa a los dos progenitores no unidos mediante vínculo matrimonial, y concluye que sí.
El Alto Tribunal argumenta que la familia es la base y el objeto de la regulación de la Ley de Familias Numerosas “sin que el vínculo conyugal o matrimonial tenga efectos constitutivos de la condición de familia numerosa», ya que, de hecho, «puede serlo una familia monoparental e, incluso, la formada por hermanos huérfanos».
El Supremo recuerda al respecto que los beneficios que comporta el título de familia numerosa se aplican a todos los miembros incluidos en él, luego tanto a los hijos como, en este caso, a los progenitores, y la razón es que esos beneficios compensan las mayores cargas de ser familia numerosa que recaen en la unidad familiar, luego en todos sus integrantes.
Garantía de convivencia
Para el Tribunal «el vínculo conyugal se justifica como garantía formal de que hay una convivencia familiar estable e indefinida en el tiempo: ofrece seguridad, certeza, de cara al acceso al conjunto de beneficios derivados de la condición de familia numerosa».
En ese sentido, concluye que, “al ser esa familia la base del sistema de familias numerosas y la función del vínculo conyugal la expuesta, no cabe excluir a la unión de hecho de los progenitores», siempre que haya una garantía formal de convivencia, lo que, según los magistrados, se da mediante la inscripción en un registro de uniones de hecho.
Reclamaciones
A falta de la modificación de la Ley de Familias Numerosas, que ya estaba prevista y el propio Tribunal Supremo considera deseable, las parejas que se encuentren en la situación que plantea la sentencia podrán apoyarse en ésta para obtener el reconocimiento como familia numerosa, aunque éste no se hará de oficio de forma automática, sino que habrá que pedirlo y en algunos casos, reclamarlo.
Según fuentes del despacho Unive Abogados, consultadas por la Federación Española de Familias Numerosas, si una pareja de hecho lo pide en base a la sentencia y se le deniega, habrá que reclamar por vía administrativa y en caso de que también se le deniegue, habría que ir a la vía judicial. Este despacho, que colabora con la FEFN, ofrece su asesoramiento y apoyo a las familias que se encuentren en esta situación a la hora de reclamar su derecho a ser reconocidas como familia numerosa a los mismos efectos que si hubiera vínculo conyugal.
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El trabajo a tiempo parcial ya cuenta como día completo para calcular la jubilación (con efectos retroactivos)
Esta noticia dice que se tienen en cuenta los períodos cotizados, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos. Es decir que si se necesitan mínimo 15 años cotizados, los que trabajan media jornada necesitan 30 años. Eso es lo que se ha corregido con el Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de urgentes para la ampliación de medidas de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones. |
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‼️SIN EMBARGO‼️ Hay que tener en cuenta también la BASE DE COTIZACIÓN que será la mitad. Aunque la media jornada se considera como jornada completa, el sueldo será menor y por ello la pensión será de menor cuantía. |
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Pedimos al Gobierno que recupere la baja por nacimiento a «coste cero» para no penalizar la maternidad
La Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) ha pedido a la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, que recupere la exención del pago a la Seguridad Social para las empresas en las bajas por nacimiento de un hijo, que había hasta ahora y que se han sustituido por una bonificación de 366 euros, y siempre que se cumplan una serie de requisitos en el perfil del trabajador que cubra temporalmente ese puesto.
Con motivo de la entrada en vigor, la FEFN ha querido expresar su rechazo a esta medida, que supone pasar del llamado “coste cero” de las bajas de maternidad, a tener que hacer frente a buena parte de los seguros sociales cuando se cubre dicha baja con un contrato de sustitución. La medida no afecta directamente al trabajador, sino a la empresa, que es la que asume el coste, pero, según la Federación, “es una clara penalización de la maternidad y la paternidad, ya que cualquier empresario y departamento de Recursos Humanos preferirá contratar a gente que no vaya a tener hijos, que no les generarán ese gasto, serán más baratos”, explica el presidente de la FEFN, José Manuel Trigo.
La entidad familiar cree que la medida, aunque afectará a hombres y mujeres, al haberse igualado los permisos por hijo entre ambos, tendrá un impacto mayor en la mujer, objetivamente por el embarazo, que también da derecho a baja cuando hay riesgo y que es algo que no se puede compartir ni delegar en el hombre. “Se está discriminando al trabajador que tiene hijos frente al que no los tiene, pero evidentemente, la mujer se lleva lo peor”, señala el presidente de la Federación. Por ello, la FEFN ha enviado carta también a la ministra de Igualdad, Irene Montero, para expresarle su malestar por la nueva regulación que acaba de empezar a aplicarse y que es “poco coherente” con la línea de apoyo a la mujer y la igualdad de oportunidades a la hora de acceder al mercado laboral.
La natalidad, asunto prioritario
La FEFN recuerda al Gobierno el serio problema de envejecimiento de población que sufre España con una natalidad que va cayendo desde hace años, y lamenta que se legisle al margen de esta realidad social cuando debería ser una prioridad. Sin embargo, “aquí, no sólo no se incentiva la natalidad, sino que se penaliza tener hijos incrementando el coste que va a suponer para las empresas. No tiene sentido cuando debe ser al revés, incentivar la contratación de madres y padres”, destaca el presidente. La FEFN cree que la medida, además de impacto económico en las empresas, que van a tener que asumir un coste importante, no ayuda a los jóvenes que quieren formar una familia y tener hijos, porque esta decisión se penaliza.
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Nuevo servicio de FEDMA para atención a las familias
El pasado martes representantes de FEDMA se reunieron con la Directora General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, Dña. Silvia Valmaña, para intentar encontrar una solución a los problemas que está generando a muchas familias la obtención del carné de familia numerosa a través de la App y los problemas que también encuentran a la hora de consultar cualquier cuestión en la Dirección de familia tanto por teléfono como por mail.
Por su parte nos confirman que el mail: familiasnumerosas@madrid.org está operativo, aunque con atrasos, pero nos comentan que van a dedicar mas personal para agilizar las respuestas.
En cuanto al teléfono de atención 012, en caso de que el personal de atención no sepa darnos respuesta, tienen como norma recoger la incidencia y trasladarla a una instancia superior para su resolución.
Ante esta situación desde FEDMA hemos habilitado una dirección mail y 2 teléfonos para todas las consultas de las familias, relacionadas con la App y el título de familia numerosa de la Comunidad de Madrid.
Serán 2 personas las encargadas de responder o en su caso trasladar las cuestiones a la Dirección General de Familia y a Madrid Digital para dar una respuesta eficiente.
Para las incidencias con la App TARJETA FAMILIA NUMEROSA se debe cumplimentar el siguiente formulario:
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSf-z2gtymoCZSeFOpXBtUBaSeh1GfWgPSl1GxnOozrDhnawzw/viewform
Para otras cuestiones:
Escribir a: asistenciafn@fedma.es o llamar a los siguientes teléfonos: 629009378/659443815
Todas las consultas serán clasificadas y se trasladarán a los departamentos correspondientes de la Dirección General de Familia.
Esperamos que este nuevo servicio os resulte de mucha utilidad.
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Bono Social en las comercializadoras eléctricas
En las comercializadoras eléctricas, para gestionar las solicitudes para el Bono Social, nos exigen que para notificar esta Renovación Automática (o sea que tenemos una nueva fecha de caducidad del Título) tenemos que volver a SOLICITAR EL BONO SOCIAL. Desde el principio… Esto lo dice el Real Decreto-Ley 6/2022 de 29 de marzo: Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. (boe.es) En la página 95, en la Disposición Adicional Octava, punto 4. |
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Para volver a solicitar el Bono Social, tendremos entonces que:
Esperamos que con las informaciones que os vamos haciendo llegar podáis tramitar más fácilmente los beneficios por ser Familia Numerosa que tanto nos ayudan a sobrellevar el coste de mantener una Familia Numerosa. Esperamos también que sirvan para que los organismos, tanto públicos como privados, aprecien mejor el valor que supone tener en la sociedad española más de 750.000 Familias Numerosas, un enorme activo para todos en pleno invierno demográfico. Y nos alivien los trámites burocráticos.
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La Comunidad de Madrid ha optado por conceder las becas comedor de este curso a todas las familias que solicitaron en plazo las ayudas
El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha decidido otorgar las ayudas a todos los solicitantes en plazo, con efecto retroactivo al comienzo de curso.
Como consecuencia de la problemática que surgió en esta convocatoria tras cambiar el sistema de concesión que provocó retrasos en el pago de las mismas, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado este miércoles modificar las normas para otorgar las ayudas de este curso como «medida excepcional y transitoria» ,para que sean beneficiarias todas las familias que hayan pedido la ayuda directa este año dentro del plazo de admisión de solicitudes .
Por nuestra parte, seguimos solicitando que las becas para comedor escolar puedan ser accesibles para las Familias Numerosas, como grupo preferente sin aplicar la renta per cápita, igual que a otros colectivos que no les bareman el acceso por la renta.
Vamos a por 1.509 firmas más antes de que acabe el día.
¿PUEDES FIRMAR AHORA?
Ayúdanos compartiendo esta petición.
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Modelo de reclamación de información de las actividades, programas o charlas que se hagan en el colegio
La vida diaria de las familias numerosas es bastante intensa y necesitamos transparencia en los temas que afectan a nuestros hijos como saber que hacen en el colegio, que aprenden y quienes son sus formadores.
De hecho esos son los objetivos de una tutoría.
Pero si se hacen cosas a nuestras espaldas no nos gusta mucho. Sea lo que sea. Los padres somos los primeros y principales formadores y nos ampara el derecho fundamental, recogido en nuestro ordenamiento jurídico, en el artículo 27 punto 3 de la Constitución Española, la libertad educativa de los padres con respecto a sus hijos.
Y para tener una herramienta con la que podamos hacer que esta libertad sea respetada, os mandamos este modelo de reclamación de información de las actividades o programas o charlas , etc… que imparten en el colegio a nuestros hijos.
Accede AQUÍ al consentimiento.
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