Estrategia de protección a la Maternidad y Paternidad y de fomento de la Natalidad y la Conciliación | 2022-2026
Estimadas familias
Ayer se anunciaron las 80 medidas de la Estrategia de protección a la Maternidad y Paternidad y de fomento de la Natalidad y la Conciliación | 2022-2026 de la Comunidad de Madrid que recogen algunas de las propuestas presentadas por nuestra Federación.
Os dejamos un resumen con las que nos afectan directamente:
Fiscalidad
*Deducción de hasta 2.100 euros en el Impuesto de la Renta por nacimiento o adopción, y una deducción de hasta el 100% de la cuota autonómica de este impuesto durante los tres primeros años posteriores a la adquisición de la condición para las familias numerosas especiales y del 50% para las de categoría general.
*Se elevarán las cuantías exentas de tributación en concepto de mínimos por descendientes en 400 euros, hasta los 4.400 en total, por el tercer hijo, y hasta los 4.950 por el cuarto y siguientes.
*Se instará al Gobierno de España para que duplique la deducción para familias numerosas hasta los 200 euros.
*Se aplicará deducciones en el Impuesto de la Renta por las cotizaciones a la Seguridad Social de personas contratadas para el cuidado de hijos menores de 3 años de hasta 600 euros anuales para familias numerosas.
Educación
*Duplicará la cuantía del cheque educación de 0 a 3 años pasando de los 1.146 euros al año de la actualidad a los 2.658 euros anuales.
*Se ampliará el horario no lectivo en colegios e institutos públicos.
*Exención de tasas por familia numerosa y apoyo a la maternidad en procesos selectivos para acceso a la función docente, se establecerá:
- 100 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría especial.
- 50 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría general.
*Adaptación de los criterios de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos a las distintas situaciones familiares: familias numerosas, nacimiento en parto múltiple, familias monoparentales, acogimiento familiar y considerando al niño no nacido a efectos de obtener puntuación por el apartado de familia numerosa.
*Descuentos en la inscripción a clases desarrolladas en instalaciones deportivas y piscinas de la Comunidad de Madrid para familias numerosas. La Comunidad de Madrid aplicará descuentos del 30% en la inscripción a clases desarrolladas en instalaciones deportivas propias.
Vivienda
*Se dará prioridad de acceso al Plan VIVE a menores de 35 años, mujeres embarazadas y familias con hijos.
*Nueva deducción por adquisición de vivienda motivada por el nacimiento o adopción de hijos. Con el objeto de fomentar y favorecer la natalidad y facilitar la adquisición de viviendas por la ampliación de la familia se va a aplicar una deducción en el impuesto de la Renta del 10 por ciento del precio de adquisición de la nueva vivienda, prorrateado en 10 años, con un límite de deducción anual de 700 euros. El cambio de vivienda debe producirse en los tres años posteriores al nacimiento o adopción.
*Bonificación de la cuota gradual de la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para los documentos notariales que formalicen la adquisición de viviendas por familias numerosas. Se mantendrá una bonificación del 95 por ciento de la cuota gradual, en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para los documentos notariales que formalicen la adquisición de inmuebles, por titulares de una familia numerosa, que vayan a constituir la vivienda habitual de la familia. Se exige, en caso de que la familia contase con una vivienda anterior en propiedad, que se proceda a su transmisión en el plazo máximo de 2 años desde la adquisición de la nueva, salvo que se trate inmuebles contiguos y se unan físicamente.
*Reducción del tipo de gravamen en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para la adquisición de viviendas por familias numerosas. Se mantiene un tipo impositivo reducido, del 4 por ciento, en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para la adquisición de inmuebles, por titulares de una familia numerosa, que vayan a constituir la vivienda habitual de la familia. Se exige, en caso de que la familia contase con una vivienda anterior en propiedad, que se proceda a su transmisión en el plazo máximo de 2 años desde la adquisición de la nueva, salvo que se trate inmuebles contiguos y se unan físicamente.
Transporte
*Se mantendrán los beneficios de los niños, jóvenes y familias numerosas en el Abono Transporte
Título FN
*Consideración del concebido como nacido y como un miembro más de la unidad familiar
*Mantenimiento y renovación del reconocimiento de familia numerosa: renovaremos el título de familia numerosa por cuatro años cuando el menor continúe sus estudios, sujetando su vigencia al mantenimiento de los requisitos que dan derecho a esta prórroga mediante declaración responsable
Otras
*Puesta en marcha de una herramienta telemática para consultar los servicios y las ayudas de las que dispone de la Comunidad de Madrid para apoyar la natalidad, la maternidad/ paternidad y la conciliación.
*Iniciativas dirigidas a trasladar una visión positiva de la maternidad y de la paternidad: Desde el ámbito público se impulsarán actuaciones dirigidas a trasladar una visión positiva de la maternidad, la paternidad y la familia a través de manifestaciones de índole educativa, cultural, artísticas y de ocio, así como a través de los medios de comunicación.
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Reunión con la Consejería de Presidencia
Estimadas familias.
Como os contamos la semana pasada, hemos mantenido en el día de ayer una reunión con la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid, ya que desde ahí se está gestionando el Plan de Natalidad del gobierno regional madrileño.
Las familias numerosas queremos ser actores en este escenario de desplome demográfico para ser parte de la solución y del freno a esta debacle que supone el envejecimiento de la población, el peligro de extinción del relevo generacional, la atención descuidada hacia la célula básica de la sociedad que es la familia y la desesperanza de un futuro incierto y esclavo de intereses y componendas ideológicas.
Queremos ser también el ingrediente que falta en la revitalización de la sociedad, en su rejuvenecimiento. Tienen que contar con nosotros para ello.
La próxima semana será la presentación pública de este Plan de Natalidad.
Todo lo que vayamos conociendo y nos vayan contando os lo detallaremos a través del boletín semanal.
Y cuando nos envíen este Plan de Natalidad, con las medidas que nos han dicho que son expresamente para las familias numerosas, las remitiremos a todos vosotros.
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Nueva ayuda por crianza Ingreso Mínimo Vital
Como sabéis, ha entrado ya en vigor la nueva ayuda por crianza ligada al Ingreso Mínimo Vital, que había anunciado el Gobierno hace unos meses, para los perceptores del IMV y resto de familias con hijos cuando no se superen ciertos límites de ingresos y patrimonio. La prestación es automática para los que reciben el IMV y el programa de Protección Familiar, pero el resto de posibles beneficiarios tienen que solicitarla utilizando el m ismo impreso de solicitud del IMV, online Hemos hecho dos noticias sobre este asunto, una primera con información general sobre la ayuda, aquí; y una segunda, con la fórmula de preguntas y respuestas, para aclarar dudas, aquí. Además, la Seguridad Social ha publicado una guía de ayuda, que podéis ver aquí.
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Problemas con el empadronamiento para el Título de Familia Numerosa
Como muchos nos habéis preguntado si existe algún problema a la hora de que alguno de los miembros de la Familia Numerosa esté empadronado en otro sitio, por motivos laborales o familiares y si esto perjudica a la hora de renovar el Título de Familia Numerosa. Nos pusimos en contacto con la Dirección de Familia y nos han contestado que efectivamente NO PERJUDICA pero HABRÁ QUE PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE ESTE MOTIVO.
Os dejamos la contestación por parte de la Dirección de Familia:
«Efectivamente si ocurre dicha circunstancia el título sí se mantendría, tal y como se establece el art.1.1. b del Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas.
Se entenderá que la separación transitoria motivada por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación u otras causas similares, incluyendo los supuestos de fuerza mayor, privación de libertad de los ascendientes o de los hijos o internamiento conforme a la normativa reguladora de la responsabilidad penal de los menores, no rompe la convivencia entre padres e hijos, tanto si es consecuencia de un traslado con carácter temporal en territorio español como en el extranjero.
Para ello nos debería aportar documentación que acredite el motivo de la separación transitoria.»
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Resolución-Ayudas al alquiler vivienda 2021
Comunidad de Madrid: Ayudas al alquiler de vivienda (2021)
Listas definitivas+Info. 012 o www.madrid.org
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Próximas reuniones: Dirección de becas y ayudas y Consejería de Presidencia
Estimadas familias,
En estos días tenemos dos encuentros con instituciones madrileñas que nos «tocan» directamente.
- REUNIÓN CON EL DIRECTOR DE BECAS Y AYUDAS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hemos vuelto a solicitar una reunión con el Director de becas y ayudas de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid para retomar el trato preferente a las familias numerosas en el acceso al programa de préstamo de libros de texto, llamado curiosamente ACCEDE.
Y sobre el acceso a las becas de comedor, de precio reducido.
Hemos encontrado que en el Real Decreto 1621/2005 de 30 diciembre del Reglamento de la ley 40/2003 de protección a las familias numerosas, que en el Artículo 7 de Derechos de Preferencia, en el punto 2) habla de las ayudas para libros de texto con trato preferente por ser familia numerosa.
Y en el punto 3) del mismo artículo 7, «la puntuación preferente en la admisión de alumnos en guarderías y colegios, concertados y públicos».
Y en el artículo 8 habla de las tasas y precios públicos en el ámbito educativo, pero no se aplica en beneficiar a los miembros de familias numerosas en el pago de tasas para los exámenes de oposición para maestros y profesores.
- REUNIÓN CON LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
La otra reunión es con la Consejería de Presidencia pues es en donde se está gestando la comisión para fomentar y cuidar a la familia. Queremos aportar nuestro granito de arena con un anteproyecto de ley de impulso a la fecundidad y promoción de la familia, no de apoyo a la fertilidad como acaba de presentar el gobierno madrileño.
Y que las políticas de familia, de inversión en la familia, se enmarquen en esta Consejería o que nos digan donde nos encuadran. Nuestra propuesta es una Consejería de Familia porque la que hay actualmente es solo para legislar medidas asistenciales para la familia. Sería una política social, asistencial.
Y lo que no queremos es promover familias vulnerables y necesitadas.
Si queremos que se cuide a todas las familias con necesidades.
Pero no que la política familiar sea solo asistencial.
La inversión en la Familia, como tesoro valioso para el conjunto de la sociedad, como activo fundamental en la creación de riqueza, prosperidad y futuro y como garante del relevo generacional, debe ser prioritario y encuadrarse en un marco donde se promueva y promocione la familia con hijos.
Actualmente la única promoción de la familia que hay es con «escuetas limosnas» como la deducción fiscal, el acceso al bono social y ciertas bonificaciones y descuentos que están sujetos a decisiones subjetivas y componendas institucionales.
Ojalá logremos que se piense en la familia, y en concreto en la familia numerosa, como un verdadero tesoro, como un valioso activo fundamental para el crecimiento y prosperidad de la sociedad. No el fomento de la necesidad. Ayudar al necesitado no tiene que significar crear la necesidad para ayudar.
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Nuevo complemento de ayuda para la infancia: quién puede pedirlo y cómo solicitarlo
El Gobierno ha puesto en marcha el complemento de ayuda para la infancia, una nueva ayuda por hijo, ligada al Ingreso Mínimo Vital, que también podrán recibir familias que no superen un determinado nivel de ingresos, en concreto, aquellas cuyos ingresos en el ejercicio inmediatamente anterior al de la solicitud sean inferiores al 300% de la cuantía garantizada por el Ingreso Mínimo Vital (ver cantidades en página 15 del impreso de solicitud, aquí).
Para una familia numerosa tipo, formada por 2 adultos y 3 hijos, los ingresos en 2021 no podrán ser superiores a 38.934,85 euros. En el caso de tener 4 o más hijos, se contará la misma cantidad, ya que no se ha previsto un incremento mayor para las familias con más hijos, lo que ha sido criticado desde la Federación Española de Familias Numerosas, que considera que si hay más hijos se debería considerar una renta mayor, en justa proporción al número de miembros de la familia.
Además de los ingresos, se tiene en cuenta el patrimonio neto de la familia, que debe ser inferior al 150% de los límites establecidos con carácter general (excluida la vivienda habitual), siempre que además se cumpla el límite de activos no societarios establecido para la unidad de convivencia. Ver tabla con cuantías, aquí.
Cuantías de la ayuda
La ayuda, que se concederá y aplicará automáticamente a los perceptores del IMV sin que haya que hacer ninguna solicitud, tendrá diferente cuantía en función de la edad de los menores (edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio), con arreglo a los siguientes tramos:
- Menores de tres años: 100 euros.
- Mayores de tres años y menores de seis años: 70 euros.
- Mayores de seis años y menores de 18 años: 50 euros.
Además de los beneficiarios del IMV y las familias que no superen los mencionados ingresos, también pueden percibir este complemento las unidades de convivencia que estén dentro del programa de Protección Familiar o reciban la antigua prestación por hijo a cargo, que quedará a extinguir, según informa la Seguridad Social en su página web, indicando que ambas prestaciones son incompatibles y que en caso de que coexistan se optará por la más alta y conveniente para el beneficiario.
Solicitudes online
En el caso de familias que solicitan la ayuda por hijo por ingresos, sin ser perceptoras del IMV o de Protección Familiar, sí será necesario solicitar expresamente dicha ayuda en el INSS, descargando el impreso online aquí (es el mismo impreso de solicitud que se usa para pedir el Ingreso Mínimo Vital). Por el contrario, no tienen que solicitar el complemento, puesto que se reconocerá de oficio por el INSS con efectos de 1 de febrero de 2022, los actuales perceptores de IMV; los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite, y los beneficiarios de Protección Familiar cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuran en el expediente de Protección Familiar y cumplan los requisitos.
No a través de la Agencia Tributaria
En varios medios se ha indicado que la ayuda a la infancia se debía solicitar a la Agencia Tributaria a través del Modelo 140, pero no es correcto; esta prestación se gestiona a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), y es a este organismo a quién debe solicitarse en caso de que no se reciba de manera automática (beneficiarios del IMV y PF). Más información en el 900 20 22 22.
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Planteamos que el Estado cotice unos años por los padres que hacen un paréntesis laboral por cuidado de hijos
La Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) ha pedido al Gobierno que asuma las cotizaciones a la Seguridad Social de los padres y madres de familia que durante un tiempo dejan de trabajar por cuidado de hijos, para garantizar una cotización mínima de 15 años que les permita acceder a una pensión contributiva.
Se trataría de garantizar una cotización de ese período a los progenitores, pero distribuida en períodos de 5 años, siendo 5 años para cada uno de los progenitores que se dediquen al cuidado de los hijos (total 10 años entre los dos) y 5 años adicionales para distribuir libremente entre ambos. Los 5 primeros años serían de disfrute obligatorio para cada uno de los progenitores y el máximo a percibir para un mismo progenitor sería de 10 años.
La medida pretende acabar con la discriminación y la situación de abandono que sufren miles de padres y madres que a menudo tienen que abandonar el trabajo durante un tiempo por temas familiares, lo que supone renunciar a unos ingresos, pero también lleva implícita la pérdida de tiempo cotizado de cara a la pensión de jubilación.
Madres de familia numerosa
Aunque esta situación la puede sufrir cualquier persona a partir de un hijo, se da particularmente en las familias numerosas, donde hay más cargas familiares y en ocasiones se decide que uno de los padres deje por un tiempo el trabajo para ocuparse de los niños. Y es la mujer la que suele asumir ese papel de cuidador, renunciando total o parcialmente a su empleo, con la consiguiente pérdida de ingresos y de derechos en la hucha de las pensiones. “El trabajo que se hace en casa y con los niños no está reconocido como trabajo, ni está remunerado, con lo cual no cuenta como trabajo. Como no se está pagando a la Seguridad Social también se están perdiendo años de cotizaciones, lo que tendrá también su efecto en la pensión. Aunque luego vuelvas a trabajar, si es que puedes reengancharte, muchas ya no llegan al mínimo de cotización para tener una pensión contributiva mínima”, explica el presidente de la FEFN, José Manuel Trigo.
La medida que la FEFN plantea pretende, precisamente, reconocer el “trabajo invisible” que realizan en casa y con los niños miles de hombres y, sobre todo, mujeres, y compensar adecuadamente esta importante labor social que desarrollan y por la que, no sólo no se ven reconocidos, sino que son penalizados. “Al dejar el trabajo ya están renunciando a unos ingresos, bien, pero que también pierdan derechos de cara a su jubilación… No es justo porque estas personas están cuidando a los hijos, en ocasiones ahorrando recursos públicos, por ejemplo, en Escuelas Infantiles, y en el caso de las familias numerosas están aportando capital humano que es fundamental para toda la sociedad en un momento clave, en plena crisis demográfica, con una natalidad cada vez más baja”, destaca el presidente de la Federación.
La medida que plantea la FEFN ha sido fruto de un estudio de investigación realizado por la Universidad de Vigo, con el apoyo del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, en el que se analiza el impacto de algunas medidas de apoyo a las familias y familias numerosas, con el fin de mejorar su reconocimiento económico y social. El estudio pone de manifiesto la viabilidad de este sistema de cotización y el escaso impacto económico que tendría sobre las arcas del Estado, ya que supondría ir aportando a la Seguridad Social durante unos años, pero sin ningún desembolso a corto y medio plazo, sólo en el momento de la jubilación.
Incentivar el empleo
Además, la FEFN plantea que el Estado asuma una cotización mínima sólo para que todos los padres y madres puedan alcanzar lo suficiente para entrar en las pensiones contributivas, pero exige que el propio beneficiario, el trabajador, tenga que completar y mejorar esos mínimos con más años de trabajo y la consiguiente cotización. De esta forma, y según destacan los autores del estudio de la Universidad de Vigo, se incentiva el empleo, que es la situación ideal que corresponde a cada ciudadano, pero que en ocasiones se ve interrumpido por el nacimiento de los hijos y no siempre es posible reincorporarse.
Esto afecta especialmente a las mujeres y, en particular sin son familia numerosa, puesto que tener más hijos incrementa las dificultades de acceder a un empleo. Según el estudio sobre Familias Numerosas realizado por la FEFN en 2019, 7 de cada 10 madres de familia numerosa cree que ser mujer y madre de varios hijos ha dificultado notablemente su acceso a un empleo y también la reincorporación al mercado laboral: sólo un 31%, es decir, 1 de cada 3 mujeres que han dejado de trabajar un tiempo por cuidado de hijos (con una media de 3 años), ha podido volver al trabajo.
Brecha de género en las pensiones
La situación laboral tiene su efecto negativo a largo plazo, en las pensiones, donde hay una importante brecha de género, como pone de manifiesto el estudio elaborado por la Universidad de Vigo, que destaca que las mujeres se sitúan en una posición de clara desventaja por la combinación de varios factores, empezando porque la tasa de actividad femenina es menor en 10 puntos porcentuales a la de los hombres (54,3 % y 64,3 % según la Encuesta de Población Activa del INE, relativa al tercer trimestre de 2021). Además, triplican ampliamente el porcentaje de empleo a tiempo parcial, que tienen sólo el 6,4 % de los hombres frente al el 21,7 % de las mujeres (EPA- INE 2021, tercer trimestre). Del total de personas que responden que tienen esa jornada laboral por “la necesidad de atender a su familia, sobre todo para cuidar niños o adultos enfermos, incapacitados o mayores”, el 93,9 % son mujeres (275.300 en 2020, según datos del Ministerio de Igualdad, a partir de la EPA-INE).
“Todo esto hace que tengan salarios menores y bases de cotización menores que condicionan la pensión; si a ello sumamos los paréntesis laborales que hacen muchas madres hasta que los niños crecen, nos encontramos con que muchas mujeres llegan a la jubilación en una situación de clara desventaja, aunque hayan trabajado toda su vida, parte fuera de casa (antes de tener los niños o cuando éstos ya son mayores) y parte dentro”, destaca Alberto Vaquero, profesor de Economía Aplicada de la Universidad de Vigo y uno de los autores del estudio.
Coste de la medida
En el estudio se ha analizado el coste que tendría la medida para la Seguridad Social, con un planteamiento de mínimos, y se concretaría en una aportación mensual de este organismo de 278,9 euros a favor de la persona que está cuidando de sus hijos y que la recibiría en el momento de su jubilación. Con esa cantidad, le permitiría acumular un derecho a percibir, siempre y cuando complemente con 5 años adicionales de cotización, una pensión de 404,7 euros mensuales en 14 pagas, una cantidad pequeña pero muy apreciada para estas personas por el trabajo de valor que han realizado durante tiempo y que no se ha visto reconocido económicamente a lo largo de los años. Además, limitando a 10 años este derecho de cotización se evita una dependencia excesiva, alentando la (re) incorporación al mercado laboral.
Para la FEFN esta es una forma de dar una mínima cobertura a las familias que están aportando a la sociedad a través de sus hijos, que precisamente son los que van con su trabajo y sus cotizaciones van a contribuir al mantenimiento del Estado del bienestar del que se beneficia toda la sociedad. “No puede ser que los que han tenido hijos se queden sin pensión sólo porque se han dedicado durante un tiempo al cuidado de esos hijos. Es una absoluta injusticia, en especial en el caso de las familias numerosas, que son las que más están aportando a la sociedad en forma de capital humano, futuros cotizantes para las pensiones de todos”, destaca el presidente de la FEFN, José Manuel Trigo.
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Desde AfanMajadahonda os deseamos FELIZ NAVIDAD y próspero 2022
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Bonificación del Impuesto de Circulación- Ayto Majadahonda
Recordar que la bonificación del Impuesto de Circulación podéis solicitarla hasta el 31 de diciembre
75% bonificación C 🟢, ECO y 0 🔵
10% B 🟡
💻 En http://sede.majadahonda.org adjunta:
– Solicitud: https://doc.majadahonda.org/documentos/impresos/solicitud.pdf
Adjuntar:
– Permiso de circulación
– tarjeta ITV
– foto de la Etiqueta
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