Donde el legislador no ha distinguido no procede distinguir.
Los órganos autonómicos que gestionan los Títulos de Familia Numerosa son los que deben procurar que las familias puedan reclamar las matrículas abonadas indebidamente.
Madrid, 5 de octubre de 2016. Desde la asociación de familias numerosas de Madrid (AFNM) y desde la FEDMA se está difundiendo un modelo de solicitud para que las familias puedan reclamar las matrículas y las tasas de exámenes indebidamente abonadas para este curso escolar 2016-2017.
Esta solicitud es válida para todo el territorio español, ya que el comunicado oficial del 28 de septiembre de 2016 es del Ministerio de Asuntos Sociales, Sanidad e Igualdad. Por lo tanto, su validez es para todas aquellas familias españolas que perdieron su condición de numerosa entre el 1 de enero y el 17 de agosto de 2015 y cumplen con las nuevas condiciones impuestas en la Ley 26/2015 de la protección a la Infancia.
Por ello animamos a todas las asociaciones a que difundan esta gran noticia entre las familias, ya que podrán reclamar el dinero de las matrículas y de las tasas de examen, pues la Ley 26/2015 no especifica temporalidad en la Disposición Transitoria Quinta, tal y como dice el comunicado oficial del Ministerio:
“El mandato transitorio contenido por el legislador se circunscribe a los títulos de familia numerosa en vigor a fecha 1 de enero de 2015 y, en concreto, para los beneficios relativos a los derechos de matriculación y examen, sin que se haya establecido en la norma de modo específico que estos beneficios se limiten a uno o varios cursos escolares. Por lo tanto, donde el legislador no ha distinguido no procede distinguir. En consecuencia, siempre que los títulos de familia numerosa estén en vigor a fecha 1 de enero de 2015 y existan miembros de la unidad familiar que cumplan lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 40/2003, tras la redacción dada por la Ley 26/2015, tendrán derecho a los referidos beneficios relativos a los derechos de matriculación y examen, sin que proceda acotarse su ámbito temporal exclusivamente a un curso académico determinado”.
“Entendemos que es el órgano de la Administración autonómica que gestiona los títulos de familia numerosas los que debieran darnos las instrucciones para proceder a las reclamaciones. Y lo primero sería anunciar que no procede “acotarse su ámbito temporal exclusivamente a un curso académico determinado” en las páginas web de las Autonomías, nos dice María Menéndez, presidente de la AFNM.
“Sin embargo somos las familias las que damos el primer paso solicitando estas instrucciones a través de esta Solicitud de Reclamación”, continua Menéndez.
La asociación de familias numerosas de Madrid y la Federación Madrileña (Fedma) a la que pertenece, inicia desde hoy la campaña de difusión de esta Solicitud de Reclamación.
Recogida de firmas para que todas las familias numerosas que cumplan con la Ley26/2015 se puedan beneficiar por ser Familia Numerosa.
Para más información:
678546929