El cheque familiar es una deducción específica para familias numerosas, que puede aplicarse en la Declaración de la Renta o recibir su abono por anticipado a razón de 100 euros mensuales.
- Deducción de 1.200 € por familia numerosa general
- Deducción de 2.400 € para las de categoría especial
- Deducción de 1.200 € para familias con hijos con discapacidad
Todas las deducciones son acumulables entre sí en caso de que se den varios de estos supuestos. Para beneficiarse de ellas es necesario estar en activo en la Seguridad Social, aunque en el caso de ser familia numerosa, también se aplica a desempleados que estén cobrando subsidio y a pensionistas.
* También existe una deducción de 1.200 € para monoparentales con dos hijos siempre que no se perciba prestación por alimentos del otro progenitor.
No es necesario presentar una renovación de la solicitud cada año para recibir la ayuda ni para mantener el cobro anticipado, ya que una vez concedido se renueva automáticamente. Sólo habrá que estar atento en caso de que se produzca alguno de los siguientes casos, que habría que notificar a la Agencia Tributaria:
· Cambios de residencia.
· El fallecimiento del beneficiario, en caso de abono anticipado.
· Baja o cambio de régimen en la Seguridad Social o mutualidad.
· Renuncia al cobro anticipado o cambio de modalidad (en este caso sólo se podrá modificar los meses de enero).
· Modificaciones en la situación de los ascendientes o descendientes que den lugar a la pérdida del derecho a la deducción.
En estos casos, se deberá presentar el modelo 143 en un plazo de 15 días comunicando a la Administración los cambios o, en su caso, el incumplimiento de los requisitos para seguir recibiendo la ayuda.